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Los
Centros de
la Mujer son
espacios pensados
para avanzar
y consolidar
la plena incorporación
de la mujer
en todos los
ámbitos
de la vida,
superando
toda discriminación
laboral, social,
cultural,
económica
o política.
El
Centro de
la Mujer de
Seseña
nace en noviembre
de 2008 con
el objetivo
de ofrecer
a todas las
mujeres, de
forma gratuita,
información
sobre sus
derechos e
igualdad de
oportunidades,
facilitarles
orientación
y asesoramiento
en materia
jurídica,
psicológica,
laboral, empresarial,
servicios
sociales,
dinamización
cultural,
salud, ocio
y tiempo libre.
En
el desarrollo
de sus funciones
desde el Centro
de la Mujer
se promueven
actividades
y programas
para conseguir
la plena participación
de las mujeres
en la sociedad,
dando una
respuesta
inmediata
a sus necesidades,
asegurando
calidad y
confidencialidad.
Ubicación:
Centro Social
(edificio
Servicios
Sociales y
Centro de
la Mujer)
Plaza Mayor,
4
45224 Seseña
Nuevo
Horario
de atención
al público:
De
lunes a viernes:
de 9:00h.
a 14:00h.
Martes y jueves:
de 16:00h.
a 18:00h.
Mediante
cita previa
Telf:
918012346
Fax:
918013326
e-mail:
centromujer@ayto-sesena.org
Nuestros
compromisos:
·Atención
personalizada
cuando se
solicite información,
orientación
y asesoramiento.
·Atención
por profesionales,
especialistas
en las materias
correspondientes,
en un plazo
inferior a
48 horas.
Confidencialidad:
Las consultas
se realizan
en un espacio
donde la privacidad
está
garantizada.
Garantía
del derecho
fundamental
a la protección
de datos personales.
Trato amable
y cordial
escuchando
activamente
cuando se
solicita información,
orientación
o asesoramiento,
comprobando
que la respuesta
ha sido entendida.
Respuesta
clara, rápida
y veraz a
lo demandado,
utilizando
un lenguaje
preciso y
adecuado.
ÁREAS:
ÁREA
JURÍDICA
Información
y asesoramiento
sobre los
derechos de
la mujer y
la forma de
ejercerlos:
•
Derechos civiles:
matrimonio,
uniones de
hecho, divorcio,
filiación,
patria potestad,
tutela, tramitación
de la asistencia
jurídica
gratuita,
denuncias
por malos
tratos, acoso
sexual, reclamación
de pensiones,
etc.
•
Derechos laborales:
contratos,
despidos,
discriminación
laboral y/o
salarial,
licencias
(por maternidad,
por cuidado
de hijos menores...),
reducción
de horarios
por maternidad
o cuidado
de hijos,
etc.
•
Derechos fiscales:
exenciones
fiscales,
beneficios
fiscales,
etc.
•
Otros: derechos
que la legislación
vigente reconozca
a la mujer
en cualquier
otra materia.
ÁREA
PSICOLÓGICA
• Información,
orientación
y apoyo psicológico,
individual
y en grupo,
a las mujeres
con necesidad
de ayuda y
especialmente
a aquellas
que sean víctimas
de malos tratos.
•
Información
y asesoramiento
sobre los
recursos psicológicos
que existen
en la Comunidad
Autónoma,
facilitando
el acceso
a la asistencia
psicológica
gratuita de
las mujeres
víctimas
de malos tratos.
EN MATERIA DE RECURSOS SOCIALES:
• Información y asesoramiento sobre los recursos sociales disponibles en la zona, en materia de subvenciones y ayudas, con ciliacion de la vida laboral y familiar, salud, vivienda, cultura, ocio y tiempo libre, etc
• Organización y difusiñon de charlas sobre temas diversos, impartidos en diferentes organismos y entidades
• Apoyo y asesoramiento a las asociaciones de mujeres existentes y a las de nueva creación
• Organización de actividades culturales y de promoción social de la mujer
• Puesta a disposición y consulta de un fondo documental sobre temas relacionados con mujer.
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CONVOCATORIAS
AYUDAS A MUJERES POR LA OBTENCION DEL PERMISO DE CONDUCCION PARA VEHIUCULOS DE LAS CATEGORÍAS: C (CAMIONES); D (AUTOBUSES); E (VEHÍCULOS ARTICULADOS); BTP (TAXIS Y AMBULANCIAS) Y OTROS PERMISOS DE CONDUCCIONDE CARCATER PROFESIONAL.
REQUSITOS EXIGIDOS:
• Estar en posesión del permiso de conducción para el que se solicita la ayuda y que no hayan transcurridos más de 4 meses desde la expedición del mismo.
• Estar empadronada en Castilla-La Mancha al menos durante 1 año.
(Este requisito no será exigido a las Víctimas de Violencia de Género)
• Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
• Encontrarse en situación de desempleo en el momento de la solicitud o ser trabajadora, bien por cuenta ajena o trabajadora autónoma, siempre que los ingresos brutos no superen 2.5 veces el IPREM anual: (15975,32 euros, 12 pagas) o (18637,87 14 pagas)
CUANTÍA DE LA AYUDA:
80% del coste total de la expedición del permiso de conducción, con el límite de 600 Euros mediante pago único.
PLAZOS DE PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES:
- Primer procedimiento: Del 1 de Enero al 30 de Abril de 2010.
- Segundo procedimiento: Del 1 de Mayo al 31 de Agosto de 2010.
- Tercer Procedimiento:
Más Información: Centro de la Mujer en Seseña
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SUBVENCIONES
PUBLICAS DIRIGIDAS
A TRABAJADORES,
QUE CUBRAN
LOS GASTOS
DERIVADOS
DE LOS SERVICIOS
PARA LA ATENCION
DE HIJOS,
MENORES ACOGIDOS
O TUTELADOS,
PARA CONCILIAR
SU VIDA LABORAL,
FAMILIAR Y
PERSONAL.
Orden
de 18 de diciembre
de 2008, de
la Consejería
de Trabajo
y Empleo,
por la que
se establecen
las Bases
Reguladoras
para la concesión
de subvenciones
públicas
a trabajadores,
que cubran
los gastos
derivados
de los servicios
para la atención
de hijos,
menores acogidos
o tutelados,
para conciliar
su vida laboral,
familiar y
personal.
Resolución
de 18 de diciembre
de 2008, del
Sepecam, de
la Dirección
General de
Empleo, por
la que se
hace pública
la cuantía
definitiva
destinada
a las subvenciones
públicas
a trabajadores,
que cubran
los gastos
derivados
de la servicios
para la atención
de hijos,
menores acogidos
o tutelados,
para conciliar
su vida laboral,
familiar y
personal.
(DOCM., de
23 de diciembre
de 2008).
Beneficiarios:
a)
Las mujeres
víctimas
de violencia
de género,
residentes
en Castilla-La
Mancha, que
tengan hijos,
menores acogidos
o tutelados,
que convivan
con ellas
y se hallen
a su cargo.
b) Los trabajadores
y trabajadoras
en activo,
residentes
en Castilla-La
Mancha, que
tengan hijos,
menores acogidos
o tutelados,
que convivan
con ellos
y se hallen
a su cargo.
c) Las trabajadoras
desempleadas
inscritas
en una oficina
de empleo
del Sepecam,
que participen
en programas
de formación
para el empleo
o recualificación
profesional
cuya duración
sea superior
a 3 meses,
y tengan hijos,
menores o
acogidos,
que convivan
con ellas
o se hallen
a su cargo.
En el caso
de que los
trabajadores
y trabajadoras
expresados
en las letras
b) y c) estén
unidos mediante
matrimonio
o pareja de
hecho, la
condición
de beneficiario
corresponde
a la agrupación
de personas
físicas,
asumiendo
ambas, de
forma solidaria,
las obligaciones
establecidas
en la Orden
de 18 de diciembre
de 2008.
Requisitos
exigidos
·Ser
trabajadores
por cuenta
ajena, durante
un mínimo
de 300 días
dentro del
año
que sirve
de referencia
para la subvención.
Para los trabajadores
fijos discontinuos
este mínimo
será
de 150 días.
·Tener
el domicilio
fiscal en
el territorio
de Castilla-La
Mancha.
No ser empleados
públicos
incluidos
en el ámbito
de aplicación
establecido
en el artículo
2 de la Ley
7/2007, de
12 de abril,
del estatuto
del empleado
público.
Las mujeres
víctimas
de violencia
de género,
sólo
deben cumplir
el segundo
requisito.
Cuantía,
pago de la
subvención
y gastos subvencionables
La
cuantía
de la subvención
será
la mitad del
importe de
los gastos
debidamente
justificados
correspondientes
al período
comprendido
entre el día
1 de agosto
del año
anterior a
la correspondiente
convocatoria
hasta el día
31 de julio
del año
de la misma,
ambos incluidos.
En todo caso,
el importe
máximo
a subvencionar
por los gastos
anuales no
podrá
ser superior
a 1.200 €.
En
cuanto a los
gastos subvencionables,
podrán
ser los siguientes:
a)
Gastos de
centros de
atención
a la infancia
y del primer
ciclo de educación
infantil,
que tengan
las autorizaciones
administrativas
pertinentes.
b) Gastos
de comedor
escolar.
c) Gatos de
atención
de menores
por ampliación
del horario
escolar en
las instalaciones
de los centros
educativos,
incluidos
los servicios
en período
vacacional.
d) Gastos
salariales
y de la Seguridad
Social por
la contratación
de empleados
al servicio
del hogar
familiar.
Se excluye
la contratación
de familiares,
hasta el segundo
grado en consanguinidad
o afinidad.
e) Gastos
por servicios
domiciliarios
para la atención
alas necesidades
del hogar
o cuidados
personales
por trabajadores
autónomos,
sociedades
laborales
o mercantiles.
·Quedan
excluidos
los gastos
por servicios
de carácter
sanitario,
educativo,
lúdico
u otros no
relacionados
directamente
con la conciliación
de la vida
familiar,
personal y
laboral.
Plazo
de solicitud
Las
solicitudes
para participar
en este programa
podrán
presentarse
desde el día
siguiente
al de la publicación
de la convocatoria
hasta el día10
de septiembre
de 2009. Las
solicitudes
deberán
justificar
los gastos
producidos
dentro del
período
comprendido
entre el día
1 de agosto
de 2008 hasta
el día
31 de julio
de 2009, ambos
inclusive.
Orden del 18-12-08, de la consejería de Trabajo y Empleo, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a trabajadores, que cubrán los gastos deribados de los servicios para la atención de hijos, menores acogidos o tutelados, para cociliar su vida laboral, familiar y personal.
Resolución de 18-12-2008 del Sepecam, de la Direción general de empleo, por la que se hace pública la cuantía definitiva destinada a las subvenciones públicas a trabajadores, dirigidas a compensar la perdída de ingresos derivada por la reducción de jornada laboral, el disfrute de excedencias o la suspensión de contratos laborables.
Más Información: Centro de la Mujer en Seseña
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ACTIVIDADES
8 DE MARZO DÍA INTERNACIONAL DE LAS MUJERES
Descargar cartel.
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ENLACES
DE INTERES
Instituto
de la Mujer:
www.migualdad.es/MUJER/
Instituto
de la Mujer
de Castilla
la Mancha:
www.jccm.es/imclm
Ministerio
de Igualdad:
www.migualdad.es
Junta de
Comunidades
de Castilla
la Mancha:
www.jccm.es
[+
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